Derecho del niño física o Mentalmente Impedido a Recibir Cuidado Especial
Principio 5
El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular.
YO OPINO QUE VIVA EL DEREHO
ResponderEliminarYO OPINO QUE VIVA EL DEREHO
ResponderEliminarvivaaaaaaaa
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